El programa Kit Digital es una iniciativa que se encuentra dentro de las ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la UE a través de los fondos Next Generation UE.
El objetivo de las ayudas de Kit Digital es subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado español para lograr la digitalización de pymes y autónomos.
En NOTIN, llevamos trabajando bastante tiempo en poder adaptar las peticiones de estas ayudas a nuestros productos, destacando algunos desarrollos.
La ayudas pueden ser de 2.000€, 6.000€ y 12.000€, dependiendo del número de empleados que tenga la notaría.
- Si la notaría tiene entre 0 y 3 empleados la ayuda percibida será de 2.000€ + 1.000€ ampliables.
- Si la notaría tiene entre 3 y menos de 10 empleados la ayuda percibida será de 6.000€
- Si la notaría tiene entre 10 y menos de 50 empleados la ayuda percibida será de 12.000€
NADA.
El coste de la ayuda del kit digital es cero para USTED, pero hay que adelantar el IVA, el cual después podrá deducirse. Según el artículo 19 de la orden por la que se aprueban las bases reguladoras del Kit Digital, el IVA no es subvencionable por lo que debe pagarse.
Sí, es deducible. El IVA del Kit Digital, al igual que el IVA del resto de sus gastos, lo puede compensar con el IVA de sus ingresos.
Con el modelo 303, que es la declaración de IVA trimestral.
Si en el modelo 303 de los tres primeros trimestres del año (el que presenta en abril, julio y octubre) el IVA de sus gastos (incluido el del Kit Digital) es superior al de sus ingresos, puede compensarlo en el modelo 303 del siguiente trimestre.
En el modelo 303 del cuarto trimestre puede solicitar la devolución del IVA a Hacienda. Siempre y cuando, claro, el IVA de sus gastos haya superado el IVA de sus ingresos.
Otra opción es compensarlo en el modelo 303 del primer trimestre del año siguiente.
Los beneficiarios del Kit Digital deberán cumplir, las siguientes obligaciones contables:
- Registrar el cobro de la subvención en sus libros contables.
- Registrar el uso de esta ayuda de manera separada, según el tipo de solución y proveedor al que se paguen las ayudas. El registro se deberá hacer en códigos contables diferenciados.
- Guardar todos los registros, documentos contables y facturas durante un mínimo de cuatro años para justificar que se han aplicado correctamente las ayudas.
Nosotros, como Agente Digitalizador, le emitiremos una, dos o tres facturas distintas por el Kit Digital (dependiendo de la cuantía del bono digital concedida).
En la factura constará, entre otras cosas:
- Los 2.000 € del Kit Digital como base imponible (es decir, el importe antes de impuestos).
- Los 420 € del IVA (recuerde que es del 21 % y que este porcentaje se aplica sobre la cuantía concedida del Kit Digital).
Para registrar la factura en tu contabilidad, deberás anotar un gasto por un importe total de 2.420 € (2.000 € del Kit más los 420 € de IVA).
Para contabilizar la ayuda desde Notin, debe decidir si la contabiliza como “Gasto” o “Amortización”
Si la introduce como “Gasto”:
Si la introduce como “Amortización”:
El impacto es nulo.
Aunque el impacto sea nulo esta ayuda de digitalización debe declararla en función de como crea que repercute la ayuda en su notaría.
Kit Digital - Declaración Fiscal
En el caso en el que el primer pago recibido, es decir el 70% de cada una de las soluciones, la entidad red.es la realice en un año y el restante, es decir el 30%, se realice en otro año, el importe facturado no coincidirá con los datos fiscales que aparecen como subvención recibida.
