El otorgamiento a distancia paso a paso
Las personas interesadas en el otorgamiento online de algún instrumento notarial (de los autorizados por la ley), ya sean escrituras públicas, actas o pólizas, tendrán que darse de alta en el Portal Notarial del Ciudadano, bien mediante un certificado electrónico de un emisor válido (FNMT o DNI electrónico, entre otros) o bien por uno específico generado desde el propio Portal Notarial del Ciudadano en caso de no disponer de lo anterior.
El siguiente paso será elegir un notario y enviarle una notificación para realizar el documento notarial correspondiente.
La petición se recibe a través de SIGNO y la notaría en cuestión responderá al demandante otorgándole una cita electrónica.
En paralelo, el sistema generará una serie de plantillas con los datos del ciudadano que le llegarán al notario para que se pueda generar un borrador del instrumento notarial.
Este borrador se archivará en el área personal creada en el Portal Notarial del Ciudadano.
Capas de seguridad en el otorgamiento a distancia
El acceso con certificado electrónico cualificado por parte del ciudadano, que lo habilita para la firma del documento en su comparecencia electrónica ante el notario.
La exhibición del correspondiente DNI ante la cámara a fin de poder ser revisado por el notario que, además, dispondrá de un software específico desarrollado para proceder a la verificación de la identificación del usuario. Para ello, contará con una serie de indicadores capaces de apoyarle en esa imprescindible labor. En caso de que la tecnología no logre aportar una certeza absoluta, siempre prevalecerá la opinión del notario, que podrá bloquear el proceso en cualquier momento ante el menor atisbo de duda.
El sistema también facilita la realización de consultas en tiempo real con el archivo de la Dirección General de la Policía en relación con la autenticidad del DNI.
Video-identificación certificada por el Centro Criptográfico Nacional, a prueba de intrusiones mediante programas anti-vídeo fake.
Realización automática de vídeo-selfie como prueba de vida.
Utilización de la inteligencia artificial para proceder a la identificación.
El proceso de la firma electrónica
La videoconferencia con el notario podrá mantenerse en cualquier dispositivo electrónico, en el día y hora acordados, incluido el teléfono móvil. El otorgante solo necesitará descargar el software para dispositivos móviles, en concreto la APP del Portal Notarial del Ciudadano.
Una vez en videoconferencia con el notario el otorgante deberá mostrar a cámara su DNI.
El notario realizará las comprobaciones pertinentes a su discreción, incluyendo la posibilidad de consultar la base de datos de la Policía Nacional en tiempo real, entre otros sistemas de seguridad previstos.
El notario compartirá en pantalla el borrador del correspondiente instrumento notarial y procederá a su debido cotejo y comprobación, asesorando a los otorgantes y explicando el documento.
La firma se realizará por el otorgante con el correspondiente certificado digital (el propio o el facilitado por el portal para ese solo uso), utilizándolo cuando le sea solicitado por el notario y consistiendo la operativa simplemente en presionar el correspondiente botón para proceder a la firma del archivo.
Tras la firma por el cliente del documento en formato PDF el notario procederá también a firmar. Este es el documento que el sistema subirá y archivará de forma automática en el protocolo electrónico que custodia el CGN. Al tiempo, en la notaría se imprimirá este mismo PDF, en papel notarial, y se añadirá una nota o diligencia notarial como versión fidedigna del acto, la cual también se firmará y se adjuntará al protocolo en papel.
En caso de que el cliente requiera una copia simple o autorizada se podrá emitir en ese momento o bien a posteriori.
El cliente recibirá un CSV para acceder a la copia electrónica autorizada y podrá solicitar disponer de una copia electrónica simple en su área personal del Portal Notarial del Ciudadano.
Obtención de copias
En papel: Como hasta ahora, el ciudadano podrá seguir acudiendo a la notaría y solicitar copia en papel simple o autorizada del instrumento notarial que requiera y conste en su archivo, y esto tendrá, a partir del 9 de noviembre, su correspondiente reflejo tanto en el protocolo digital como en papel.
En formato digital: La entrega de copias simples se realizará en el área privada del interesado del Portal Notarial de Ciudadano, previo registro y acreditación en el mismo.
El aviso de esa solicitud le llega al notario/notaría a través del programa SIGNO.
Si el notario lo considera pertinente, se procederá a la emisión de la copia electrónica solicitada, que se genera en la propia notaría y se envía al área personal del cliente.